Ley sobre firmas electrónicas

Jun 11, 2020, 04:13 PM

La presente Ley tiene por objeto reconocer y regular el uso de firmas electrónicas aplicable en todo tipo de información en forma de mensaje de datos, otorgándoles, la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga, que conlleve manifestación de voluntad de los firmantes. Siempre que se cumpla con los requisitos y procedimientos establecidos en esta Ley. La presente Ley no altera las normas relativas a la celebración formalización, validez y eficacia de los contratos y cualesquiera otros actos jurídicos, salvo en lo referente a la utilización de medios electrónicos.

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